Apertura de comercios barriales de indumentaria y calzado

Barrio de Flores

Publicado: 09 / 06 /2020

Apertura de comercios barriales de indumentaria y calzado

(Barrio de Flores)

En el primer día de apertura de aquellos locales barriales que comercializan productos comprendidos dentro del rubro calzado e indumentaria, la Agencia Gubernamental de Control destinó 206 inspectores que fueron distribuidos en los 37 principales Centros Comerciales de la Ciudad, reforzando aquellas zonas de mayor concentración.

La tarea de inspección consiste en, por un lado, controlar que en las zonas restringidas los locales abiertos sean de los rubros permitidos y, por el otro, por fuera de aquellas zonas, concientizar sobre la importancia del Protocolo para el Funcionamiento de las Actividades Comerciales de Venta de Indumentaria y Calzado para la Prevención y Manejo de Casos de COVID-19. Así se han concientizado 123 comercios.

En aquellas zonas donde las restricciones aún persisten, y siendo el nivel de acatamiento del 95%, no ha sido necesario ningún tipo de medida preventiva.

En relación con los Decretos 206/2020 y 218/2020, vigentes aún en el resto de la Ciudad, tampoco se han registrado nuevas clausuras por incumplimiento y el relevamiento alcanza los 13.150 y 1.861, respectivamente.

  • Para el rubro indumentaria, el porcentaje de apertura fue del 72%, el de facturación de 25% y el cumplimiento del protocolo sanitario se observó en el 94% de los casos.
  • Para el rubro calzado, el porcentaje de apertura fue del 76%, el de facturación de 25% y el cumplimiento del protocolo sanitario se observó en el 94% de los casos.

Protocolo para la apertura de comercios barriales de indumentaria y calzado

  • En zonas de barrio permitidas, atienden según el número de documento: los días pares quienes tengan DNI par y los días impares quienes tengan DNI impar.
  • La atención al público es partir de las 11 de la mañana, con medidas de higiene y distanciamiento, y sin el uso de probadores.
  • A su vez, el traslado del personal es responsabilidad del empleador y no se puede usar el transporte público interurbano, reservado para trabajadores de áreas esenciales.
  • Del mismo modo, continúa la restricción en los ejes comerciales de alta circulación.


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