El texto del proyecto dice que solicita «al Poder Ejecutivo a celebrar con el Estado Nacional el correspondiente Convenio de Transferencia, que debe incluir la total cesión de los derechos y obligaciones emergentes de las concesiones de uso y operación de los bienes públicos portuarios adjudicados por el Poder Ejecutivo Nacional a las empresas privadas que explotan las terminales Uno a Seis del Sector Puerto Nuevo del Puerto de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, contemplará la transferencia de las facultades y derechos que en esos contratos se otorgan actualmente a la Administración General de Puertos, como fuera establecido en los correspondientes pliegos de las licitaciones públicas o concesiones directas u otro tipo de cesiones».
Entre los argumentan hacen historia «El Puerto de Buenos Aires cuyo antecedente histórico fue el que fundara don Pedro de Mendoza en 1535 y vuelto a reinstalar por don Juan de Garay en 1580 y que perteneció a la ciudad de Buenos Aires, capital de la provincia homónima fue transferido al dominio del Estado Nacional, a partir del año 1880, cuando se declaro a la ciudad Capital de la Nación y se federalizó su territorio. Es sabido que Buenos Aires se convirtió en Capital de la Nación durante la presidencia de Nicolás Avellaneda, por la ley 1029 del 21 de setiembre de 1880 dictada por el Congreso Nacional; en tanto que la Provincia de Buenos Aires cedió el «municipio» de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de la ley 1029, por la ley provincial del 26 de noviembre de 1880″ y agrega «La «capitalización» del municipio implicó la federalización del territorio, haciendo del mismo un distrito federal.
-
Publicado: 03 / 11 /2024
-
Publicado: 29 / 10 /2024
-
Publicado: 31 / 10 /2024
-
Publicado: 04 / 11 /2024