Publicado: 14 / 05 /2013

Sancionan leyes que benefician a consumidores y usuarios

(Ciudad)

Fueron sancionadas tres leyes que establecen más derechos para consumidores y usuarios. Los comercios deberán respetar el valor original de las mercaderías en caso de cambio con entrega del ticket destinado a ese fin. Las empresas de bienes y servicios deberán dar curso a todos los reclamos telefónicos. El certificado de baja de un servicio deberá ser entregado en el momento que el consumidor lo solicite.

Los comercios deberán respetar el valor original de las mercaderías no perecederas en caso de que el consumidor decida realizar un cambio y entregue el ticket de cambio. Así fue dispuesto por una ley aprobada en la Sesión Ordinaria del jueves 9 de mayo, que modifica el artículo 3° de la Ley N° 3281 de regulación de la devolución o cambio de productos en el marco de las relaciones de consumo.

Los cambios deberán efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas, según determina esa ley. En caso de entrega de ticket de cambio o devolución el mismo deberá hacer indirecta referencia al precio original de compra utilizando algún tipo de codificación unívoca por operación comercial.

En el caso de productos no perecederos tales devoluciones o cambios podrán efectuarse dentro de los 30 días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Cuando por cualquier medio una de las partes pretenda establecer un plazo menor, se entenderá vigente el de 30 días corridos.

Actualmente los establecimientos o comercios que vendieron ese bien pueden quedarse con una diferencia de precio y el consumidor que fue a cambiar el bien con el ticket de cambio se ve desprotegido al no contar con el ticket de compra. Estos casos suceden con mayor frecuencia cuando se realizan compras por regalos y el destinatario final, que no es el comprador, cuando va a realizar el cambio no tiene el ticket de compra contando únicamente con el ticket de cambio.



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