Los espacios culturales independientes ya pueden sumarse a la Ley ECI

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Publicado: 01 / 07 /2019

Los espacios culturales independientes ya pueden sumarse a la Ley ECI

(Ciudad)

Los espacios culturales independientes de la Ciudad ya pueden sumarse a la Ley ECI, el nuevo marco regulatorio de habilitación que facilita la apertura de nuevos espacios, promueve el desarrollo de propuestas culturales diversas y genera instancias de control más claras con el fin de mejorar su funcionamiento.

Las buenas noticias para los espacios se traducen en cambios concretos que el sector necesitaba: permitir el baile como actividad cultural; recibir más personas de manera segura de acuerdo a las características del lugar; que los baños pueden ser ahora unisex; permiso para actividades complementarias como ofrecer servicios de comida y venta de productos culturales y programar actividades diversas como teatro, recitales y exposiciones bajo una única habilitación.

Por otra parte, con la nueva ley se suman las mejoras en la facilitación y agilización de los trámites. Los espacios realizarán el trámite de impacto ambiental y de control de ruidos (RAC) por sistema de declaración jurada, esto quiere decir que se simplifican los pasos, ya que no deberán ejecutar el estudio de sonido; además, aquellos lugares que deseen pueden migrar a la nueva ley ECI sin costo y tendrán la posibilidad de abrir el espacio una vez que realicen la presentación del trámite de habilitación. Otra novedad que se suma a la facilidad que ofrece el nuevo mecanismo, es que en los locales de hasta 300 m2. el trámite del sistema de autoprotección también es por declaración jurada.

¿Cómo habilitar a la Ley ECI?

Paso 1: Inscribite al CECI

Solicitá la inscripción de tu espacio en el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), el listado que reúne a los espacios culturales independientes de la Ciudad de Buenos Aires. Reuní la documentación, presentala en forma online a través de Trámites a distancia del Gobierno de la Ciudad (T.A.D) y esperá por la notificación.

El Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI) es un listado que reúne y certifica a los espacios culturales independientes de la Ciudad de Buenos Aires. Este catálogo es administrado por el Ministerio de Cultura GCBA, quien llevará el registro de los lugares de carácter cultural que quieran habilitar su local bajo el rubro ECI.

Para inscribirse el espacio debe ser un ECI (Espacio cultural independiente), un lugar con una capacidad máxima para 300 personas y una superficie de 500 metros cuadrados de superficie cubierta, en el que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia, radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y artistas, y todas las actividades autorizadas para los Teatros Independientes, Peñas, Milongas, Clubes de Música en Vivo y Centros Culturales.

Importante: Estar en el CECI define al “espacio de carácter cultural” pero no permite que pueda funcionar como ECI sin antes tramitar la habilitación.

Paso 2: Iniciá el trámite ante el Registro de actividades catalogadas (RAC).

Una vez obtenida la inscripción al CECI, podrás iniciar el trámite ante el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), mediante el sistema de Declaración Jurada.

Paso 3: Solicitá la habilitación a la Agencia Gubernamental de Control (AGC)

Luego de obtener el certificado de APRA, deberás iniciar la solicitud del trámite de habilitación a través de la autorización de actividad Económica por Declaración Responsable ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos (DGHP) de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

Paso 4: Presentá tu plan de evacuación (Sistema de Autoprotección)

El espacio debe contar con el Sistema de Autoprotección aprobado por la Dirección General de Defensa Civil a través del sistema por Declaración Jurada para locales de hasta 300 m2 en planta baja y entre piso. De poseer más de 300 m2, sótano o más plantas, deberás tramitar el Sistema de Autoprotección según las generalidades de la Ley Nº 5920.


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